El Gobierno de la Ciudad de México, a través del sistema Metrobús, promueve la equidad mediante la exención del pago de tarifa. Se permitirá la entrada gratuita a:
|
|||
Personas de 70 años de edad en adelante, que cuenten con documento o identificación vigente que acredite la edad (INE o INAPAM).
|
|||
Personas con discapacidad evidente, o que cuenten con documento o identificación expedida por autoridad competente (DIF, INDISCAPACIDAD o Institución de Salud que acredite la discapacidad) o que sea evidente la disminución de sus facultades físicas, intelectuales o sensoriales de tal manera que limiten la realización de sus actividades normales.
|
|||
Niños o niñas menores de 5 años de edad. Ingresan por torniquete, acompañados de un adulto responsable.
|
|||
Ingresa con la tarjeta de gratuidad
|
|||
|
Personal autorizado por Metrobús
Que porten gafete original expedido por Metrobús. |
||
|
|||
La exención autorizada en este Acuerdo no se hace extensiva a los familiares o acompañantes de los beneficiarios.
|
|||
|
|||
La gratuidad es establecida por los acuerdos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal:
|
|||
|
|||
|
|||
Nota: En los autobuses de Línea 4 con dirección a Aeropuerto Terminales 1 y 2 la gratuidad aplica únicamente para personas con discapacidad y para niños menores de 5 años.
|
|||
|
|||
|
Compartir
Imprimir